Los delegados de prevención son los representantes de los trabajadores y trabajadoras con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
Los derechos de participación y consulta que la ley reconoce a los trabajadores se ejercen, en general, a través de estos delegados a los que se atribuye, además, una función de vigilancia y control sobre el cumplimiento de la normativa de prevención.