Abaratamiento del despido

La Clave. Juan Francisco Martín Seco. 04/11/2005

De nuevo se habla de reforma laboral. Cada vez que esto ocurre hay que echarse a temblar. Desde hace algún tiempo, todas las reformas laborales que se conocen son de menos a menos o de más a más, según el lado desde el que se miren. Sucede igual que con los estatutos de autonomía, siempre son a más. Más competencias, más financiación. A nadie se le ocurre que el proceso podría ser el inverso. Así da gusto sentarse a negociar. Coge lo que puedas y hasta la próxima. Antes o después, la tarta estará completa.

Al socaire del neoliberalismo económico, todas las reformas laborales se han orientado a una mayor desregulación y a menores derechos para los trabajadores. Se ha invertido la tendencia que desde el siglo XIX venía imperando en las relaciones laborales. En los momentos actuales, se retorna a la vieja pretensión de la patronal de abaratar el despido, y se maneja el tópico de que la única manera de reducir el número de contratos temporales es la de disminuir la protección de que gozan los contratos indefinidos. Lo cierto es que ésta se ha venido ya minorando en los últimos veinticinco años, sin que por ello se haya mejorado un ápice la temporalidad; todo lo contrario, se ha ido incrementado hasta instalarse en ese treinta y tantos por ciento que nos sitúa a la cabeza de la Unión Europea.

Dos estudios recientes, de ésos que nunca salen en la prensa porque no conviene, dejan totalmente en entredicho el mito anterior: el primero es una investigación del Banco Mundial que analiza el nivel de protección que tienen los empleos fijos en 83 países, puntuándolos de 0 a 1 en función de este parámetro. Nuestro país merece la calificación de 0,37, ni siquiera el aprobado, y ocupa el puesto 27, es decir, de los 83 países sólo 26 tienen mayor grado de flexibilidad. Y si de todos ellos nos fijamos en los países industrializados, únicamente EE.UU., Canadá y el Reino Unido aventajan a España.

El otro estudio es de la OCDE y alcanza exclusivamente a los países desarrollados; analiza la protección frente al despido de los trabajadores fijos, tanto desde el punto de vista estático como dinámico, y abarca el periodo de 1988 a 2003. España se mantiene en la media de los 28 países estudiados, y es el que más ha reducido la protección en estos 15 años, sin que ello haya servido para disminuir la temporalidad; es más, el porcentaje de contratos temporales ha pasado del 22% al 33%.

A la vista de estos datos, es difícil afirmar que la causa de que la tasa de temporalidad de España sea el triple que la de Europa se encuentra en el elevado coste del despido. Las encuestas tampoco parecen confirmarlo. En una reciente realizada por la Comisión , se pregunta a los empresarios europeos acerca de la importancia que el coste del despido tiene a la hora de decidir la contratación indefinida de los trabajadores. En una escala del cero al cien, el cero significaría que no es nada importante y el cien muy importante. Pues bien, el resultado medio para Europa es bastante bajo, el 38%, pero lo más significativo es que la importancia para los empresarios españoles es aún menor, 11 puntos, un 27%.

¿Qué hay entonces detrás de la pretensión de la patronal y parece ser que también de algunos ministros del Gobierno? ¿Reducir la temporalidad? Más bien no. En realidad, lo que se busca con el abaratamiento del despido es romper, sí, las diferencias entre contratos fijos y temporales, pero por el expeditivo procedimiento de transformar todos en temporales.

(Puedes consultar otros artículos del mismo autor en http://www.telefonica.net/web2/martin-seco/)

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