Nadie sin tutela y sin derechos: Trabajadoras y trabajadores autónomos

Se entiende por trabajador por cuenta propia o autónomo, aquel trabajador que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

Comisiones Obreras defiende los derechos y reivindicaciones de este grupo de trabajadores, en especial su derecho a acuerdos colectivos, seguridad y salud en el trabajo, extender la protección de la Seguridad Social, derechos a la protección de la maternidad y a la conciliación de la vida familiar y laboral, regular problemas de accidentes o enfermedad, derecho al subsidio de desempleo, o derechos de cada sector.

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