Nulidad de un despido durante el periodo de prueba

La sala séptima del Juzgado de lo Social de Madrid ha declarado nulo el despido de una trabajadora del Organismo Autónomo IMDER de la Comunidad de Madrid por no superar el periodo de prueba. El magistrado califica el despido de NULO por entenderse que vulnera derechos fundamentales de la trabajadora, ya que el IMDER no demostró fehacientemente que los motivos del despido fueran ajenos a la solicitud de lactancia y que el principio de no discriminación prevalece sobre la potestad del empleador de despedir a una trabajadora aunque este en periodo de prueba.La historia comienza cuando la trabajadora J. G. F. remitió escrito al Organismo con una petición: «acumulación del periodo de lactancia», hecho determinante para que la Gerencia del IMDER rescindiera el contrato a la trabajadora.

La sentencia se sustenta en la alegación que hace la Gerencia del O. A. IMDER de que la trabajadora no había superado el periodo de prueba y por lo tanto estaba en su derecho de rescindir el contrato, incidiendo en que la extinción no estaba relacionada con su solicitud de ACUMULACIÓN DEL PERIODO DE LACTANCIA.

La Sección Sindical Intercentros de CCOO exigió a la Gerencia del IMDER, que rectificara y reincorporara de manera inmediata a la trabajadora despedida a su puesto de trabajo, por considerar el despido claramente discriminatorio, al mismo tiempo que asesoró a la trabajadora y dio traslado de los hechos a los servicios jurídicos de la FSC de CCOO de Madrid. Una vez más el escándalo por la Vulneración de Derechos Fundamentales se instala en el IMDER que se ve de nuevo condenado por una sentencia que no nos puede dejar indiferentes.

CCOO exigirá responsabilidades dentro del servicio de personal de la Gerencia del O. A. IMDER, que ha demostrado una actitud discriminatoria hacia la trabajadora y su mala praxis vuelve a costar al erario público aproximadamente la cantidad de 20.000 €, que hay que sumar a los más de 70.000€ que lleva gastados en despidos improcedentes.

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