Según lo acordado por CCOO y la dirección de la empresa durante la negociación del II Convenio Colectivo de Orange España, en la nómina de abril vendrá reflejada la revisión salarial correspondiente a este año, con el pago de atrasos desde el 1 de enero.
La revisión salarial se realizará tomando como referencia el dato de inflación del año pasado, que fue del 3%. Este porcentaje es el que se aplicará sobre el salario objetivo del grupo profesional al que pertenezcamos, si nuestro salario es igual o menor a dicho salario objetivo; o sobre el salario mínimo, si nuestro salario es superior al salario objetivo.
Se adjunta la tabla con los salarios mínimos y objetivos de los grupos profesionales, actualizada a instancias de CCOO a comienzos de año, y dos columnas más con los incrementos mínimos con los que se ha de actualizar nuestro sueldo.
Salario
Mínimo (SM) |
Salario
Objetivo (SO) |
Si nuestro
sueldo ? SO |
Si nuestro
sueldo > SO |
|
GRUPO 0 | 24.707,55 € | 36.222,92 € | 1.086,69 € | 741,23 € |
GRUPO 1 | 23.510,11 € | 34.724,86 € | 1.041,75 € | 705,30 € |
GRUPO 2 | 20.189,99 € | 29.821,55 € | 894,65 € | 605,70 € |
GRUPO 3 | 16.652,43 € | 24.582,07 € | 737,46 € | 499,57 € |
GRUPO 4 | 15.896,48 € | 23.480,50 € | 704,41 € | 476,89 € |
En la columna verde aparece la cantidad que como mínimo ha de subir nuestro sueldo anual si éste está por debajo o es igual al salario objetivo del grupo profesional al que pertenezcamos; en la columna naranja aparece la cantidad que como mínimo ha de subir nuestro sueldo anual si éste es superior al salario objetivo de nuestro grupo profesional.
Ponemos dos ejemplos: un Ingeniero de Red con un sueldo anual de 25.000 € y un Analista Programador con un sueldo anual de 30.000 €. Ambos pertenecen al grupo 2 del convenio, pero uno está por debajo del salario objetivo y el otro por encima. Pues bien, para el Ingeniero la subida salarial es como mínimo de 894,65 €; para el Analista, como mínimo de 605,70 €.
Dado que el convenio se aplica a casi todos los trabajadores y trabajadoras de Orange, la revisión salarial tendrá un impacto muy importante. No obstante, para los sueldos más altos (superiores a 41.656,35 €) la empresa podrá obviar la aplicación de las garantías de revisión salarial.
Existen aspectos importantes relacionados con la revisión salarial que se desarrollan en el artículo 7 del Convenio Colectivo de Orange España; puedes consultarlo en el siguiente enlace.
La revisión salarial, la ampliación de la jornada intensiva de verano y otras mejoras pactadas por CCOO en el convenio, junto con acuerdos tales como el plan de igualdad, la mejora del plan de pensiones, el teletrabajo, etc. son el resultado de vuestro apoyo y de una acción sindical responsable, independiente y honesta.